A quién aplica el precio máximo
La Circular 18 de 2024 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (metodología de control directo) aplica el precio máximo a las transacciones primarias y secundarias, comerciales e institucionales, y a la transacción final institucional (art. 12).
Y en la droguería
Para farmacias-droguerías y droguerías, el mismo artículo 12 dice que el precio de venta de los medicamentos «será libre, pero debe ser justo y acorde con los costos logísticos asociados a su distribución hasta el punto de venta y un margen de ganancia razonable».
Sanciones
Incumplir el precio máximo es una violación de las normas de protección al consumidor en materia de precios, sancionable con las multas del artículo 132 de la Ley 1438 de 2011 (Circular 18 de 2024, art. 25). En la práctica, en 2026 la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a mayoristas e IPS.
Circulares de 2026
La Circular 22 del 19 de junio de 2026 incorporó mercados al control directo y actualizó precios máximos de medicamentos. El precio máximo se actualiza cada año según la tasa de cambio (art. 23 de la Circular 18).
Consultamos la Circular 22 de 2026 en una copia publicada por Consultorsalud.
Preguntas frecuentes
- ¿La droguería tiene que vender al precio máximo?
- Según la Circular 18 de 2024 (art. 12), en farmacias-droguerías y droguerías el precio es libre, pero debe ser justo y acorde con los costos y un margen razonable.
Fuentes
- Circular 18 de 2024, CNPMDM (normograma INVIMA)
- Circular 22 de 2026 (copia publicada por Consultorsalud)
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de tu contador o de tu secretaría de salud.