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Medicamentos vencidos: qué debe hacer la droguería

Actualizada el 1 de noviembre de 2026 · Farmagenéricos Colombia

Hay dos casos distintos: lo que se te venció en el inventario y lo que el cliente trae para desechar. Cada uno tiene su camino.

Lo que se vence en tu inventario

  • Sale de la venta y va a un área identificada para productos que deben destruirse por vencimiento o deterioro (manual de la Resolución 1403 de 2007).
  • Los residuos se entregan a un gestor autorizado, que expide un certificado (Resolución 591 de 2024, numeral 4.2.3).
  • El generador conserva por 5 años las certificaciones de disposición final (Decreto 351 de 2014, compilado en el Decreto 780 de 2016).

Que el inventario vencido de la droguería vaya por gestor de residuos y no por el programa posconsumo es nuestra lectura de estas normas; confírmalo con tu secretaría de salud.

Lo que traen los clientes

La Resolución 371 de 2009 obliga a farmacias y droguerías a participar en los planes de devolución posconsumo de medicamentos: aceptar la devolución de vencidos del consumidor, informar a los usuarios y ceder sin costo el espacio para los contenedores (arts. 2 y 4).

Mejor que no se venza

Lo más barato es evitarlo: vende primero lo que vence antes, revisa con meses de anticipación y no pidas de más lo que no rota.

Preguntas frecuentes

¿La droguería debe recibir medicamentos vencidos de los clientes?
Sí, debe participar en los planes posconsumo (Resolución 371 de 2009, arts. 2 y 4).

Fuentes

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de tu contador o de tu secretaría de salud.

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